Transparencia y seguridad: Se reglamenta el Registro Nacional de Infractores (RENAI) para fortalecer el control del mercado

A través de la Disposición 362/2026, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial estableció los procedimientos para la implementación efectiva del RENAI. Esta medida, de acceso público, resulta clave tras las modificaciones de la Resolución 237/2024, permitiendo a los usuarios identificar a proveedores que incumplen las normas de seguridad eléctrica en todo el país.

El Ministerio de Economía, mediante la Disposición 362/2026, ha formalizado los criterios y pautas necesarios para poner en funcionamiento el Registro Nacional de Infractores (RENAI). En este registro se inscribirán todas las infracciones y sanciones administrativas aplicadas a proveedores de bienes y servicios por incumplimientos a la normativa de defensa del consumidor, lealtad comercial y metrología legal. Según destaca la normativa, esta medida busca saldar una «deuda histórica» con los consumidores, ofreciendo una herramienta tecnológica que facilite el acceso amplio y público a los antecedentes de los proveedores.

La implementación del RENAI adquiere una relevancia crítica debido a los cambios introducidos por la Resolución 237 de 2024. Esta resolución modificó el sistema de fiscalización de los reglamentos técnicos, dispensando a la Aduana de los controles documentales y trasladando dicha responsabilidad a la Secretaría de Industria y Comercio.

Este nuevo esquema de control «ex post» (posterior al ingreso del producto) requiere de mecanismos eficaces de transparencia. Dado que la Resolución 237 establece que las infracciones serán sancionadas conforme a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, el RENAI se convierte en el pilar que permite visualizar dichas sanciones, evitando que los incumplimientos técnicos queden ocultos al público. En un contexto donde APSE ha denunciado recientemente la venta de productos inseguros en plataformas digitales, contar con un registro centralizado de infractores es fundamental para la vigilancia del mercado.

Así, la base de datos del RENAI será de acceso público y gratuito, permitiendo a cualquier ciudadano consultar información detallada sobre los infractores, incluyendo: razón social y denominación comercial del proveedor, número de CUIT y detalle del expediente, monto de la sanción y encuadramiento legal de la infracción.

Además, la disposición promueve una coordinación federal a través del Consejo Federal de Consumo (COFEDEC), invitando a todas las provincias a incluir las sanciones aplicadas en sus jurisdicciones. Esto permitirá identificar patrones de infracción a nivel nacional y detectar productos que representen riesgos recurrentes para la seguridad de las personas y sus bienes.

Desde la Federación Argentina para la Promoción de la Seguridad Eléctrica (APSE), celebramos esta medida que empodera al consumidor. La posibilidad de consultar el RENAI, sumada a la obligatoriedad del código QR en los productos a partir de octubre de 2025, permitirá a los usuarios realizar elecciones informadas y optar solo por materiales que cuenten con la debida certificación y seguridad técnica.

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